Durante el
siglo XX se expidieron 3 leyes destacadas de reforma agraria (Ley 200 de 1936,
Ley 135 de 1961 y la Ley 160 de 1994), todas frustradas porque les faltaba
flexibilidad para la cesión de tierras o por formalismos excesivos para
concretar los procedimientos de reforma y las concesiones estipuladas, o por
los obstáculos que pusieron los terratenientes y la clase política coaligada a
estos. Balzac en alguna ocasión dijo, “donde hay tierras hay guerras”.
La tierra y su
concentración en latifundios han sido objeto de disputas y factor de la guerra
interna. Todos los periodos de violencia en Colombia, las guerras civiles del
siglo XIX, las etapas de violencia del siglo XX y sus microguerras, cada una
caracterizada por diferentes motivaciones nacionales o regionales, están
subrayadas por disputas por las tierras.
El INCORA fue
extinguido en el año 2003, apareció el INCODER que asumió gran parte de sus
funciones y pretendió cumplir los cometidos de la Ley 160 de 1994 y sus
decretos reglamentarios. El INCODER fue extinguido en el año 2015 y se creó la
Agencia Nacional de Tierras para que inició operaciones en febrero del año
2016. La delimitación y recuperación de humedales es una tarea pendiente para
frenar a los desecadores, a los constructores y a los usurpadores de tierras.
La recuperación de baldíos es otra función de este aparato administrativo
adscrito al Ministerio de Agricultura.
Como lo expuso
la periodista Alejandra Medina, la Agencia Nacional de Tierras administrará los
baldíos de la Nación, se encargará de los programas de acceso a tierras,
delimitará zonas de reserva campesina y empresarial, por nombrar algunas
obligaciones.
Por
| Alberto Ramos
Garbiras