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8 may 2021

Estallido social: revueltas, y marabuntas

Texto de Alberto Ramos Garbiras (*)

  La marcha del 28 de abril se hizo de manera pacífica, la población salió a rechazar la reforma tributaria en todo el país, esa era la meta y lograron su objetivo, se retiró el proyecto que empezaría su curso legislativo en el Congreso de la República. El presidente Duque lo retiro y ofreció excluir los puntos más lesivos para entrar a discutir la reforma y volver a presentarla. El ministro Carrasquilla, autor de ese despropósito, renunció. Se presentaron otras reclamaciones y la situación se caldeó iniciándose un estallido social con una profusión de hechos que han originado esta convulsión que vive Colombia, enfocada y comentada por todos los medios de comunicación internacionales.

   La Reforma Tributaria y su desastroso contenido, si se hubiese dejado prosperar iría a afectar a los sectores subalternos, dejando por fuera al gran capital. Se reclama justicia tributaria de acuerdo al nivel de ingresos de cada capa social, colocando en su lugar o evidenciando el trato preferencial con el sector bancario que saldría favorecido siendo el que más afecta el bolsillo de los ciudadanos. Igual sucede con otros grupos de poder que vía exenciones no tributan, estando allí el dinero que se necesita para no gravar a los que subsisten con ingresos desmirriados.

    Horas antes de iniciarse las manifestaciones del 28 de abril, en ejercicio del derecho a la manifestación pública y pacífica que contempla la Constitución Nacional dentro el artículo 37, la magistrada Nelly Yolanda Villamizar, del Tribunal Administrativo de  Cundinamarca, solicitó a los alcaldes y demás autoridades que retiraran los permisos para las marchas, invocando el distanciamiento biosanitario y otras argucias, desconociendo los fundamentos del derecho a la manifestación que conllevan a la protesta social pacífica y que permite usar las calles para manifestar o expresar una inconformidad colectiva ante el abuso del derecho, por una extralimitación de gravámenes contenidos en el proyecto de reforma tributaria, que afectan la economía familiar y atentan contra la subsistencia de los ciudadanos. Las manifestaciones son la expresión de rechazo cuando los miembros de la nación ven que se agotan los reclamos por otros medios. Y no pueden ser reprimidas preventivamente, esto es desconocer los fundamentos de la Democracia: participar y reclamar. Quería la magistrada Villamizar amordazar la salida a reclamar, haciéndole el mandado a políticos que no han podido frenar la salida masiva que previan. Cuales permisos que nadie solicitó, ni se requieren según la jurisprudencia vigente, cual medida precautelativa si en las tutelas no encajan esas medidas, cual uso de las armas si no se trataba de insurrección contra las instituciones; todo lo redacto mal, manejando erróneamente la interpretación y falta de ponderación sobre el ejercicio de los derechos humanos. Esa fue una providencia improvidente, llena de dislates y disparates, un copy/page desordenado de algunas sentencias de la Corte Constitucional sobre el derecho a la manifestación.

   El Magistrado Ortegón, presidente del Tribunal de Cundinamarca, no pudo explicar ese mismo día, ante la emisora la W, los alcances de la providencia que ordena no marchar el 28 de abril, e instruía a las autoridades impedirlo a nivel nacional. Se trató de un trámite sobre una tutela del año 2020, resuelta sobre otra marcha programada en octubre, la Magistrada  Villamizar extrapoló la decisión para el año 2021 con un incidente procesal pretendiendo tomarse una jurisdicción nacional, dándole un efecto “erga omnes”, y sustituyendo a la Corte Constitucional como si se tratara de una sentencia de inexequibilidad  que deroga no una Ley, sino el artículo, el 37 de la Constitución, o sea un exabrupto descomunal  para la teoría constitucional .

   Hubo vándalos famélicos o hambrientos del primer día, 28 de abril, que ni fueron a manifestarse. No se puede confundir a la sociedad civil que marchó con los desadaptados que saquearon locales comerciales y bancarios ese día. Dentro de los que marcharon pacíficamente si hay componentes de la lucha de clases porque reclaman los derechos sociales que no se han cumplido desde que se expidió la constitución de 1991. Los que saquearon, ni salieron a la marcha, actuaron de manera colateral. Algunos se puede explicar su conducta delictiva porque son personas que el mismo Estado ha excluido, desescolarizado y marginado, pero no están luchando para armar una insurrección que lleve a la revolución y derrocar al gobierno, esos vándalos (no prepagos) actúan desideologizados, por rebusque y subsistencia. Entonces los saqueadores que no tienen escolaridad, ni trabajo ni nada, resultan ayudando a que se reprima a los que protestan, si trabajan y son esquilmados por los impuestos.

   Creo que este tema se debe teorizar porque los vándalos famélicos no impulsan ninguna insurrección ni siquiera alientan la lucha de clases, ni la rebelión contra el Estado, ni hacen parte de la violencia rutinaria urbana; se explica porque esto tiene visos de revueltas por la subsistencia, situación larvada y acrecida durante la pandemia y sucede en asociación con otros que están en iguales condiciones de afectación. Pero otra clase de vándalos si fueron apareciendo para desestabilizar y desprestigiar la protesta, más los que surgieron alentados por intereses oscuros para promover el caos y justificar la reprensión. Dentro de las categorías de vándalos están los saboteadores que pertenecen a la estructura del Estado, disfrazados de civiles para disolver los plantones y bloqueos, confundiendo la opinión pública. Pueden ser también vándalos prepagos, pandillas urbanas impulsadas por organizaciones criminales, y también se habla de venezolanos para impulsar el caos, pero nadie cree que los venezolanos del éxodo le hagan ese favor a Nicolás Maduro, por obvias razones: No simpatizan con él.

   Desde el año 2020 el estallido social comenzó a presentarse de manera escalonada, con revueltas atípicas en varias ciudades, turbamultas  y marabuntas de famélicos que, el gobierno y las autoridades dejaron crecer por negar la Renta Básica necesaria para paliar las carencias de todos los encerrados por la pandemia y que no gozaban de ingresos porque no tienen trabajo; más de 50 senadores y representantes a la cámara se pronunciaron a favor de una Renta Básica permanente, el artículo 334 de la Constitución ordena que el Estado debe planear y lograr el pleno empleo. El ingreso solidario transitorio de $ 160.000 aprobado es muy bajo, exiguo y no llegó oportunamente. Allí se hubiese podido contener el estallido social.

   En Cali continuaron las marchas, ya dispersas y se organizaron plantones y bloqueos en varios puntos de la ciudad. El profesor Ricardo Sánchez Ángel, explicó en un programa de televisión del Canal 2, que en el Valle se ha estructurado una posición de resistencia popular, ejerciéndose la democracia en las calles, esa resistencia urbana se ha articulado con el empoderamiento afrodescendiente, la cooperación de la minga indígena, las nuevas ciudadanías intercaladas con los sectores sociales y los medios de comunicación alternativos en conexión con las redes sociales, que viven el desencanto respecto al neoliberalismo. Varias voces reclamaron la militarización, el ministro de Defensa se presentó y ofreció asistencia militar. En la práctica se produjo el abandono y declinación de la función del alcalde sobre el orden público, al entregar la jefatura de la policía que le corresponde y dejar desprotegida a la comunidad, convirtiéndose la ciudad en un campo de guerra. Estamos en una coyuntura de descomposición de la clase política acomodada en la precaria Democracia, donde el partido en el poder se comporta como partido único/ hegemónico con rasgos autoritarios.

   Ante esta situación dramática y el inicio de enfrentamientos callejeros, el Gobierno nacional se reunió con los magistrados de los máximos tribunales, se produjo la declaración conjunta del Gobierno, con los presidentes de las Altas Cortes, resultando el punto 5 un adefesio jurídico que amerita ser evaluado y cuestionado porque traspasa  la separación de poderes y pasa a avalar previamente actos de la rama ejecutiva, a respaldar al Gobierno en un momento de crisis que debe resolver el Gobierno pero en un dialogo con los distintos sectores  de la protesta para enmendar los despropósitos de la pretendida reforma tributaria y otros trámites lesivos a los derechos sociales como la reforma a la salud, y que debe entrar a  resolver las demandas sociales represadas desde que se inició el Gobierno. Esa declaración conjunta de las Altas Cortes, confunde la colaboración armónica que plantea la Constitución, porque esa colaboración debe entenderse dentro del funcionamiento institucional y no para entrometerse en las acciones de la otra rama del poder público que no logra aún la gobernanza suficiente para conservar la legitimidad.

   Esa declaración conjunta permite lavarle la cara al Gobierno en medio de una movilización nacional con revueltas y turbamultas que se asemeja a una huelga de masas por el malestar colectivo acumulado. La Corte Constitucional no puede dar un respaldo abierto a la rama ejecutiva, es similar a cogobernar, y es declinar la autonomía del control constitucional, es propiciar una foto de una aparente unidad nacional (que el presidente debe buscar con los sectores del paro nacional), eso no le corresponde a las altas cortes, que deben aplicar el ordenamiento jurídico y lo hacen defectuosamente por las insuficiencias y actos condenables, actos de corrupción y lenidad como el cartel de la toga, y otros. Se trata de conservar la aplicabilidad del estado de derecho, en cada una de las clases y formas del derecho que le corresponde a cada Corte, la corte constitucional, en la cúpula, lleva a cabo la supremacía constitucional en un trámite gradual, sobre las sentencias de control constitucional al estado de derecho, y esto nada tiene que ver con montar una guardia pretoriana para blindar al presidente de la República. El comunicado de los magistrados Diana Fajardo y Jorge Enrique Ibáñez, contiene la postura correcta sobre la actitud que debió haber conservado la Corte Constitucional, guardando la distancia e indicando la desproporción en la aplicación del uso de la fuerza que transgrede la carta de los derechos humanos , acercándose a un estado de cosas inconstitucional, con la declaración conjunta prácticamente estarían apuntalando la votación favorable del control constitucional sobre una conmoción interior que está ad-portas de decretarse.

   Ya se dio un paso alentador, los primeros 8 puntos del introito al documento titulado Declaración Política, redactado el 6 de mayo de 2021 por las delegaciones de los puntos de concentración en Cali, algunos sindicatos, delegados de la Minga indígena, estudiantes de la Universidad del Valle, la plataforma municipal de juventudes y otras organizaciones que presentaron el Pliego de exigencias político y unitario, de esta manera le dan explicación a la dispersión de los sectores sociales y a la falta de una dirección unificada (lógico porque no es un movimiento social sino fracciones de movimientos sociales, de sectores y de nuevas ciudadanías), ahora si la dinámica del paro puede empezar a tomar cuerpo orgánico para conducir esta huelga  de masas, que es en el fondo el fenómeno presentado en Cali, pero si necesita una conducción para interlocutar con el Gobierno (dialogo necesario y urgente), y con la sociedad que no sale a los plantones, ni a los bloqueos, pero que está de acuerdo con el malestar general por las carencias evidentes ante millones de pobres  y ha presenciado por las redes sociales las revueltas, turbamultas y marabuntas, pero no admiten la presencia y acciones de los vándalos que mancillan la rebelión, unos espontáneos y otros impulsados por actores ocultos para “explicar y justificar” la represión.

   Las leyes que la gente no entiende sus contenidos logran recortar los derechos sociales convertidos en mercancías y empiezan los derechos a decrecer con el agostamiento que le hacen los decretos reglamentarios y las resoluciones de los ministros para su ejecución, quedando todo en manos de los empresarios de la salud, de la educación, de la vivienda y en otros aspectos. Como dijo un jurista bogotano, hay una salida: Aplicar en este caso la tesis del gran jurista Radbruch, según el cual el derecho injusto sigue siendo derecho, pero el derecho extremadamente injusto deja de serlo. Entonces se presenta la reacción ciudadana que reclama bienestar social, y si este es desatendido viene el estallido social y luego la desobediencia civil, y si no se dialoga entre las partes para corregir, otras cosas pueden ocurrir a falta de corrección sobre el déficit democrático.

 (*) Especialización en derecho constitucional, Universidad Libre; Magister en ciencia política de la Universidad Javeriana; PhD en Política Latinoamericana, Universidad Nacional (UNED) de Madrid España; ha sido profesor de derecho internacional y ciencia política en la Universidad Libre. Profesor de la cátedra derechos humanos, en la misma universidad.