Un texto de Alberto Ramos Garbiras (*)
Los derechos humanos, su importancia, vigencia
y aplicación en cualquier momento de la vida nacional son la prueba del
funcionamiento de la Democracia. Si se suspenden los derechos humanos, la
Democracia deja de operar. Y si se limitan, las otras ramas deben ejercer el
control. Aquí ante la pandemia y las actuaciones del gobierno a punta de
decretos legislativos, todo se declinó para enfrentar una guerra con un enemigo
invisible: El coronavirus cepa Covid-19. Y cuál es el papel de los jueces, los
congresistas y la rama ejecutiva en época de guerra. ¿Qué clase de guerra
enfrentamos? Una guerra atípica sin ejército contendiente. Una guerra sanitaria
para erradicar a un enemigo microscópico, encontrándonos sin dotaciones para
enfrentarlo por el desmantelamiento del sistema de salud privatizado desde hace
25 años y saqueado por depredadores del sector público en connivencia con los
del sector privado enquistados en las EPS; una guerra que nos llegó
encontrándonos sin red hospitalaria completa; sin dotaciones de bioseguridad ni
para los médicos principales combatientes de la guerra por la salubridad
general; una guerra sin vacuna, sin respiradores eléctricos, donde los avances
fueron colocados en duda inicialmente: La hidroxicloroquina y el Interferol.
Mientras tanto, el Consejo Superior de la
Judicatura tomó la decisión de repantigarse dentro de una cuarentena general,
no trabajo la rama judicial. Solo dejaron activo las tutelas, el habeas corpus
y el control jurisdiccional de los decretos reglamentarios del Estado de
Excepción, desde el Consejo de Estado, y lógico el control de la Corte
Constitucional sobre los decretos presidenciales: Pero todo ha sido ralentizado
y no se vio la efectividad en la protección de los derechos humanos, ante la
masiva producción del derecho de excepción. La misma Corte Constitucional en el
reparto de decretos, fragmentó los decretos y no los asignó por unidad temática
para los 9 magistrados (por ejemplo los atinentes a servicios públicos para un
magistrado X o Y, de esta manera al desperdigarse el trabajo de control
constitucional, es más pesaroso y aún no se ha visto el resultado.
Los decretos dentro del estado de excepción
deben cumplirlos principios de finalidad, necesidad y proporcionalidad. La
finalidad según el artículo 10 de la ley 137 de 1994, consiste en que cada
medida debe estar directa y específicamente encaminada a conjurar las causas de
la perturbación; la necesidad quiere decir que el decreto donde se adopte la
medida es verdaderamente necesario para alcanzar los fines que dieron lugar a
la declaratoria del estado de excepción; y la proporcionalidad, significa que
las medidas guarden proporción con la gravedad de los hechos que se buscan
conjurar (artículo 13).
En un artículo anterior publicado en la Revista
Sur, titulado “Pandemia y derechos humanos”, relacioné los derechos humanos más
recortados y restringidos, expuse que, los derechos humanos fueron suspendidos
unos y limitados otros, durante la cuarentena. La libertad en varias de sus
formas, la circulación, la reunión, la manifestación, el derecho de petición (por
el cierre de oficinas), el Trabajo (artículo 25 de la Constitución), los
oficios, el ejercicio de la profesión (artículo 26), la libertad de cultos,
artículo 19 (cierre de iglesias y anulación de los entierros a las víctimas del
Covid, incinerando los cuerpos sin rito alguno;), la libertad de expresión
recortada al no haber manifestaciones (artículos 20 y 37), derecho a la
integridad física, el derecho a la vida(ligado a la falta de atención integral
en Salud), la libertad de enseñanza (art 27), por la virtualidad muchos no
tuvieron acceso a los computadores, la asociación, la autonomía personal, el
libre desarrollo de la personalidad(artículo 16), y la intimidad familiar(artículo
15), la participación (artículo 40),… Además, en Colombia se suspendieron dos
ramas del poder público: El Congreso y la Justicia.
Las
medidas adoptadas con ocasión del estado de excepción no pueden entrañar
discriminación alguna (artículo 14, ley 137 de 1994). Con varios sectores y grupos
poblacionales se notó la discriminación: Los mayores de 70 años, los vendedores
ambulantes y el sector terciario, los desplazados, los indigentes, los
indígenas, los afrodescendientes, y otros. La dignidad humana se expresa en el
rechazo a cualquier acto que pretenda usar o utilizar a una persona para
satisfacción o antojo del abusador o instrumentalizador del agredido. Francesc
Torralba, explica que, “La dignidad no es
un concepto ornamental, ni vacío”. Es un rasgo propio inherente al ser
humano que le permite no dejarse ultrajar o eludir las vejaciones de quien
pretende aprovecharse por la condición económica de inferioridad de los demás
para su beneficio, o aplicar el racismo o la xenofobia y arrumar a la gente.
Cada ser humano se expresa y defiende como puede, para hacer valer la dignidad.
Toda persona humilde o encumbrada debe estar
llamada y tenida en la cuenta para adelantar los proyectos sociales del Estado:
Las personas hacen parte de la nación, y la nación es parte inescindible del
Estado. Todos los actos de buen trato, cordialidad, respetó, buenas maneras, no
afectan la dignidad humana. Los derechos humanos fueron identificándose y
reconociéndose desde su raíz en los derechos naturales, fue un proceso largo
después de sistemáticas vejaciones, humillaciones, en la antigüedad y el
medioevo. Los derechos humanos se fueron reconociendo y estudiando por
teólogos, filósofos y juristas, hasta llegar a las cartas constitucionales. Los
derechos humanos surgieron de la dignidad de las personas, de reclamos y luchas
por hacer respetar la dignidad.
La objeción de conciencia no se evaluaba y
aunque se expresara se pisoteaba durante el esclavismo y el feudalismo. La
objeción de conciencia y los rechazos alas vapulaciones conllevaban al reclamo
de la libertad. La objeción de conciencia estaba y sigue estando
entrañablemente conexa a la dignidad. Ambas son parte de la metafísica; lo
incomprensible para terceros pero entendible para el sujeto que reclama y
reacciona, producto del subjetivismo de su conocimiento como forma de ver las
cosas, bajo la lupa de “los principios
superiores de todo lo existente” (Rosental).
La integridad personal, el derecho a la
personalidad y la autonomía, se moldean y definen de acuerdo al aprecio a la
dignidad humana. Las personas que durante la cuarentena se han quejado ante las
cámaras de la televisión y a través de las redes sociales, lo hicieron por que
se han sentido discriminadas por varias medidas adoptadas dentro del estado de
excepción. Fueron o han sido desatendidas. Lo hicieron como reacción a ese
trato porque hubo preferencias para otros grupos, sectores y castas.
El sector financiero, los bancos, se vieron
beneficiados con el Decreto 444 por los traslados de los 21 billones desde las
regiones, dinero irrigado ahora en negocios privados. Solo el 3% del PIB se destinó
para las ayudas a los más vulnerables y esos son los mismos dineros
presupuestados para el gasto social desde al año pasado sin cuarentena a la
vista. Y de los 7 billones anunciados para restablecer los servicios de salud,
aún no se ha girado completo ni el primer billón. La racionalidad de todas las
personas, su capacidad de interactuar y sus bases materiales -existenciales,
hacen que porte una dignidad intransigible que les permite desenvolverse,
rechazar la discriminación y no dejarse manosear ni degradar. Seguramente la
concurrencia concertada, las manifestaciones van a aflorar otra vez en las
calles para demostrar las inconformidades vividas durante la cuarentena. El
derecho a la reunión pública (artículo 37 de la Constitución) ha estado
congelado por la cuarentena, pero las acciones de manifestarse en las calles
que venían desde el 2019 a la par con otros países de América Latina,
reaparecerán. Las acciones de reunirse y asociarse constituyen una expresión
eminente de la libertad.
Con la expansión de la pandemia, el principal
derecho humano afectado fue el trabajo, la población fue encerrada,
convirtiendo este virus al país entero en una cárcel ciclópea, y cada cual:
Guardián de sí mismo. Hasta que la gente se aburrió o desesperó por la
cuarentena tan larga, y comenzaron a salir eludiendo las reglas del
desescalamiento. El trabajo urbano en todas sus formas, los oficios y las
profesiones suspendidas por casi tres meses. La población rural, los
campesinos, labriegos, peones, no eran casi mencionados, como si al
Coronavirus-Covid-19 no le importara el campo, o los campesinos estuvieran
inmunizados. Primero “liberaron” oficialmente al sector de las manufacturas,
luego los de la construcción. Y después otros. Se colincharon los informales
para poder logra algún ingreso, no les llegaron las ayudas alimentarias a
muchos, el hambre campeaba y el asistencialismo estatal estaba circunscrito a
las bases de datos de familias en acción: una población vulnerable clientelizada
desde hace 16 años. Pero la otra franja quedaba ignota.
El hecho de estar todos encerrados demostró
quien podía sobrevivir en la cuarentena (magnates, las clases altas, los
propietarios, los asalariados y los ahorradores); los demás en la inopia. Pero lo
más dramático es la masa flotante de desempleados irredentos: durante la
cuarentena llegó al 23%. La asignatura pendiente de este gobierno y de los
gobiernos anteriores sigue siendo lograr una política de pleno empleo y
alcanzar un buen nivel de desarrollo.
Para los que tienen empleo debe garantizarse su
regreso a los sitios de labor con dotaciones de bioseguridad, proporcionada por
los empresarios y el Estado. No recargada a los empleados porque es un mínimo
para empezar a demostrar que van a aportar para reactivar la economía. Y no lo
están haciendo adecuadamente, lo cual es un indicador de que la mezquindad
continúa. Sin protocolos de bioseguridad el contagio crecerá, con este tipo de
virus los vectores somos nosotros mismos porque el Covid-19 asalta en cualquier
sitio y allí comenzamos a portarlo y a reproducirlo. Y prevenirlo corresponde a
una política pública de salubridad, que deviene de la afectación a la salud
individual de miles de personas. Se logra con planes de contingencia,
coordinación de actividades empresariales, evaluación de riesgos,
distanciamientos personales, diagnósticos, testeos masivos, monitoreo del
contagio, horarios diversos, planear el teletrabajo, flexibilización de
horarios, limpieza de áreas, manejo de residuos tóxicos, plan de comunicaciones
interno, vigilancia de las secretarias de salud, reparto de dotaciones sin
cicateos: mascarillas, guantes, desinfectantes. Y garantizando el transporte
masivo sin congestión, imbricando o corriendo horarios de frecuencias.
(*) Magíster en Ciencia Política (Universidad
Javeriana); PhD en Derecho Público con énfasis en Política Latinoamericana,
Universidad Nacional de Madrid (UNED- España); profesor de las cátedras:
derechos humanos y derecho internacional, en la Universidad Libre.