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27 abr 2019

Doble zarpazo a la oposición


En 1998 le entregué a la revista Políticas que dirigía Polly Hincapié en la Universidad del Valle, un artículo donde expresé, en la constitución anterior a 1991 no existía un capítulo para la oposición, ni un capítulo para los partidos. Eran dos palabras proscritas, desterradas de la Carta Magna porque los delegatarios de los 9 Estados soberanos para la reforma de 1886, venían de presenciar la guerra civil de 1885, protagonizada por los partidos y ejecutada para hacer oposición. Es decir, partido era sinónimo de aparato de guerra y la oposición se asimilaba a la eliminación del enemigo. (Ramos, 1998)

De una oposición establecida desde el principio, 7 de agosto de 2018, pero neutralizada por la coalición del Gobierno a partir de retorcimientos en la interpretación de  las normas orquestados por el Sr Macías (moción de censura al ministro Carrasquilla (obstaculizada), debate al Fiscal General, irregularmente conducido…, etc.); con el apoyo de la neutralidad y ambivalencia de los independientes, el Gobierno pasó a perder la mayoría precaria que tenía por presentar las objeciones a la ley estatutaria de la Paz (JEP), y a ver aflorar una doble oposición protagonizada con ribetes fingidos de centro político por unos” nuevos” rebelados por la falta de mermelada y dizque asombrados por los ataques a la PAZ, cuando ya habían aflojado su defensa durante 8 meses esperando dosis de co-gobernabilidad.

Sobrevino un zarpazo, demandaron la elección de Mockus por la realización de dos contratos con entidades públicas, siendo él representante de Corpovisionarios, había delegado la firma al Director Ejecutivo, Manuel Murrain, pero sin formalizar su retiro, incurriendo así en la prohibición contenida en el numera 3° del artículo 179 de la Constitución; entonces el Consejo de Estado (Sección Quinta), le anuló la curul. Los demandantes pretenden proseguir las acciones para que las otras cuatro curules que Mockus arrastró con su votación, 536.000 sufragios, las pierda el Partido Verde, y accedan a ellas miembros del Partido Opción Ciudadana (antes Convergencia Ciudadana), el partido político más encartado en casos de parapolítica. Qué sucedió antes con el Partido Verde. Miremos unos antecedentes.

En el año 2005 algunos desmovilizados del M-19 con Carlos Ramón González, quien fue parte de esa guerrilla desde 1979, y luego Representante a la Cámara, con otras personas creó el partido Opción Centro, luego llamado Partido Verde Opción centro un movimiento político remozado en el 2009 con la llegada de Mockus, Peñalosa y Garzón (Los tres tenores), más tarde ampliado con la adhesión de Fajardo. Todo producto de una confluencia de tendencias políticas alrededor de unos ideales comunes por la transformación estatal colombiana, contra la corrupción y la recuperación de la moralidad pública, esa fue la presentación en sociedad. Carlos Ramón González se apropió de la personería jurídica y muchos de los errores del partido verde han tenido que ver con esa sujeción pues atrapó al partido desde la personería jurídica y lo maniató. O lo condujo a hechos como este: Luego se disolvieron esas fuerzas y dejaron al partido con una metamorfosis que nadie puedo enderezar.

 Ante el estancamiento del Partido Verde durante el primer año del gobierno Santos, por culpa de la falta de claridad de la dirigencia verde y de la centralización de sus decisiones en el manejo de la organización política en ese momento todavía sin organicidad, y por el descuido con los dirigentes regionales en situación de expósitos, era mejor para la etapa de visivilización de los tres años restantes del primer gobierno Santos, ingresar formalmente a la Unidad Nacional liderada por la U-Santista que ya se enfrentaba a la U-Uribista en un período de destape público de lo que fue el jaleo entre dos líderes que habían compartido el poder 8 años y que comenzaron a exhibir la fractura del bloque en el poder por ambiciones personales , reyerta que duró los dos gobiernos de Santos. Los dirigentes verdes aceptaron posiciones (un Ministerio para Lucho Garzón, contratos para Mockus, Alfonso Prada se transmutó en Santista, etc… y se fue desestructurando el Partido Verde por absorción.

 Entonces ahora, se nota una contraofensiva contra la oposición fortalecida, por varias observaciones que los analistas pueden resaltar. Parece una acción sistemática que el mismo magistrado retuerza la interpretación de dos casos similares en el estudio de doble militancia también de la otra candidata a Vicepresidencia, Martha Lucía Ramírez. Otro Zarpazo se presentó el 25 de abril del 2019 cuando la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró inválida la elección de Ángela María Robledo a la Cámara de Representantes por doble Militancia. Aquí el golpe no fue directo para el Partido Verde del cual se había apartado renunciando a su curul en la Cámara obtenida en las listas del Partido Verde; el golpe fue para el bloque de la oposición verdadera al gobierno (la otra oposición de centro con la reconversión de los “independientes”, es impostada); porque le restan una activista seria y mutilan la oposición, como en  el caso de Mockus.

 Lo extraño del caso de la señora Robledo es que ella no se pasó a otro partido porque la Colombia Humana no es un partido político, negada su existencia por el Consejo Nacional Electoral; y ella no se presentó a la siguiente elección de Cámara para incurrir en la inhabilidad, según el artículo 107 de la Constitución, se presentó a una elección presidencial como fórmula del candidato a Presidente: no está reglada esa inhabilidad. Además el Vice puede ser  del mismo partido del presidente o de diferente partido; y es imposible renunciar un año antes porque la lógica y la dinámica política de este tipo de elección no permite escoger la formula vicepresidencial un año antes, esta operación se hace días antes del cierra de la inscripción dependiendo de los apoyos, de las fuerzas concursantes, de la coalición y del tipo de forcejeo electoral de la coyuntura.

Cita: Ramos Garbiras Alberto. “La guerrilla y los procesos de Paz”. Artículo publicado por la Universidad del Valle, revista Políticas (ISBN 0122-1116), Instituto de Altos Estudios Jurídicos, Políticos y Relaciones Internacionales. Página 99, Cali, abril del año 1998.

Por: Alberto Ramos Garbiras. Con especialización en Derecho Constitucional de  la Universidad Libre Seccional Cali; Magíster en Ciencia Política (Universidad Javeriana); PhD en Política Latinoamericana, Universidad Nacional de Madrid (UNED- España); profesor de derecho internacional en la Universidad Libre.