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19 ene 2015

Desescalamiento y constitucionalidad

El acompañamiento de los países amigos, y sobre todo el de la ONU o el de la OEA, deberían ser efectivos, visibles y ajustados a los métodos de solución pacífica de los conflictos(buenos oficios y mediación, investigación, conciliación, comisión de encuesta, negociación diplomática, arbitraje),mecanismos establecidos en estas organizaciones internacionales, porque tanto los procedimientos de desescalamiento o de treguas bilaterales exigen mucha veeduría con capacidad de advertir, monitorear y frenar los despropósitos de los saboteadores.

El cese al fuego unilateral que se inició el sábado 20 de noviembre es una muestra de voluntad para desescalar la guerra interna. Las acciones de desescalamiento que las partes pacten, disminuirían las muertes violentas, humanizarían el conflicto interno, crearían un clima de “confianza” moderada, modularían los enfrentamientos encarrilándolos en las reglas de la guerra que contempla el Derecho Internacional Humanitario (DIH), permitiría  terminar los puntos de la agenda produciéndose menos daño bilateral, y calmarían un poco a la opinión pública, ya exacerbada por las noticias de la guerra descarriada.

Hay que revaluar el tipo de guerra interna que tratamos de terminar. Su duración de 50 años la ha ido transformando y degradando en extremo. Ya no es un enfrentamiento clásico de los que sostenían las guerrillas de los años 60s, actuando enmarcados en la guerra de guerrillas, y contra un solo actor: el ejército institucional. En los últimos 25 años las guerrillas se han enfrentado a varios actores (el paramilitarismo transmutado) y a la ayuda externa norteamericana. Las mafias y sus conexiones rurales permearon a todos los actores oficiales, semioficiales e ilegales; el narcotráfico descompuso a los actores armados y a la guerra misma. Ningún sector está depurado. La oposición neolaureanista con el refinamiento de prácticas falangistas quiere hacer añicos el proceso de paz. Este entramado más otros elementos hace inevitable una revaluación para acceder a la tregua bilateral o al diseño de un desescalamiento consensuado para combatir “limpiamente” mientras se definen los últimos aspectos de los acuerdos en la mesa cubana de negociación política.

 El ELN de entrar al proceso de paz de manera formal llegaría en un momento avanzado del diálogo con las FARC que, condujo inevitablemente a una etapa de desescalamiento, so pena de desbarajustarse, y llegarían al final de esas conversaciones. Les tocaría “empezar al revés”, es decir, entrar en una etapa de desescalamiento implica adoptar la misma postura sin haber firmado ningún tipo de acuerdos, y acoplarse a lo que la Nación está sintiendo; ello también movería al Gobierno a replantear el criterio de dialogar bajo el fuego y moverse hacia la tregua bilateral.

La eventual llegada del ELN exigiría también una agenda similar en aspectos temáticos que podría evacuarse más rápido si se acogen a lo pactado por extensión con las FARC, pudiéndose tratar los temas nuevos o diferentes con mayor dedicación y tiempos precisos de discusión.

La celeridad para terminar el proceso con las FARC todos la deseamos. Pero los ciclos de conversaciones se han dilatado. Vamos en el ciclo 32 y no se ha concluido lo atinente a la reparación de las víctimas y los aspectos que contendrá el fin del conflicto. Los subtemas de cada uno de ellos saltan o brotan a veces sin que nadie lo haya calculado o previsto, por la complejidad de esos temas.

Los cálculos del Ministerio de Defensa sobre bajas en combate, en los dos últimos años (8.350 guerrilleros abatidos), como ejercicio de muertología, alientan a la derecha guerrerista y desalientan a los que pueden ver en ello una treta para exhibir efectividad  para disminuir a la contraparte y falta de voluntad para ceder en los cambios que requiere la construcción de una nueva sociedad que alcance  el postconflicto para comenzar las reformas de inclusión social.

Las dos partes (Gobierno y Guerrilla), a la altura del año 2015, no necesitan más demostraciones de fuerza y poderío para ablandar una parte a la otra, ambos saben que tienen capacidad de ataque y destrucción.

Dentro de la temporalidad del cese bilateral del fuego no dejan ni entregan las armas ninguna de las partes hace dejación de las armas, solo se abstienen de combatir, para concluir los diálogos y firmar la paz. Mientras tanto el Gobierno a través de la Fuerza pública, las sigue usando contra todo tipo de delincuencia no política que, subvierta el orden, y contra quienes no están dentro del dialogo del proceso de paz. La diferencia es que con el cese definitivo del fuego se concluyen los acuerdos del proceso de paz, la guerrilla entrega las armas y el Gobierno después si las sigue usando en ejercicio del monopolio de la fuerza contra quienes estén por fuera de la normalidad alcanzada, contra otros actores armados y los delincuentes comunes.

El Presidente es el Jefe de las fuerzas armadas, desde la norma suprema constitucional; dirige las operaciones de guerra, planea con los mandos militares superiores, intensifica o combina formas de ataque a través del Ministerio de Defensa, etc. Se entiende que prioriza y calcula la conveniencia u oportunidad de esos ataques desde lo estratégico; lo mismo sucede en la lucha contra la criminalidad común. Entonces, si el objetivo es lograr la paz como fin supremo, así sea imperfecta, y lo expresa el preámbulo de la Constitución, si llegado el momento es oportuno y necesario cesar el fuego contra un actor armado para avanzar hacia la firma de la paz, ello no es inconstitucional porque el ejercicio de la fuerza pública sigue desplegándose contra los demás actores, políticos y comunes que, se mueven en el territorio nacional.

Por: Alberto Ramos Garbiras.
Profesor de derecho internacional
Universidad Libre.