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28 nov 2014

Desescalamiento del Conflcito

A mediados de noviembre 2014 el Ex Presidente Uribe Vélez se expresó conjuntamente con el Fiscal General Montealegre Lynnet, solicitando un cese al fuego unilateral de las FARC. En ese momento, por todos los altibajos sucedidos dentro de los dos años de conversaciones, las FARC no podrían estar dispuestas a hacerlo de manera unilateral porque quedarían en desigualdad de condiciones dentro de la dinámica del conflicto que no ha disminuido las acciones militares. El Presidente Santos continuaba convencido por tres razones de que no accedería a un cese bilateral del fuego y las hostilidades, todavía. Argumenta el Jefe de Estado que ello facilitaría el rearme y fortalecimiento de la guerrilla, dilataría las negociaciones ante la falta de presión militar, y sería muy difícil proceder a la verificación.

La retención del General Álzate el 16 de noviembre en la zona de las Mercedes (Chocó), demostró que todas las hostilidades no son tolerables, esto señala la ruta de la necesaria disminución de hostilidades ya que no admiten cesar el fuego, si se quiere finalizar el proceso. La pregunta que mucha gente pude hacerse es, ¿para qué dejan avanzar el fuego cruzado, y el cúmulo de hostilidades, si los 50 años de confrontación son un muestrario suficiente de las formas de matar y hacer daño? Ahora bien, si el último punto de la agenda es el tema del fin del conflicto y la desmovilización, donde lógico no habrá uso de las armas, entonces, cómo no empezar a silenciarlas. Los delegados en La Habana deberían ceder para hacer a un lado la rigidez de las condiciones inamovibles a fin de poder transar más.

La reacción del Presidente Santos al suspender el diálogo no fue coherente con las reglas aceptadas al permitir avanzar los dos años con un conflicto en marcha, la retención, captura o secuestro (como lo quieran llamar), del General Álzate, fue una hostilidad muy notoria, pero muchas se cometen permanentemente entre las partes, por continuar enfrentados. Por qué si el proceso de paz busca la terminación de la guerra interna, y obvio el cese del fuego definitivo, viendo hoy las enormes presiones de los opositores y el ansia de la sociedad para alcanzar la paz, por qué no pueden cesar bilateralmente el fuego y las hostilidades si el proceso ha avanzado lo suficiente para llegar a los últimos acuerdos.
El argumento de los santanderistas o extremados legalistas para no acceder al cese bilateral del fuego es el de que, “el Gobierno no puede dejar a un lado su obligación de hacer cumplir la Ley en todo el territorio nacional”. Lo cual es un sofisma porque las leyes y el estado de derecho no se cumplen en la practica cotidiana por la interferencia de la guerra misma, porque los alzados en armas están precisamente actuando contra el orden jurídico como delincuentes políticos; de otro lado, por falta de rigor en las investigaciones, por la corrupción en el campo judicial, por la criminalidad común extendida que altera la vida en las ciudades, porque las mafias y las organizaciones criminales no les interesa cumplirlas, de hacerlo, no podrían delinquir, y por otros factores. Entonces alcanzar la paz es la única plataforma para empezar a ponerle orden al país.

El proceso de paz iniciado por el Presidente Santos se encuentra en serio peligro ante el escalamiento de los enfrentamientos en el territorio nacional, por las conspiraciones, los ataques, las trabas, los obstáculos y torpedos, colocados por quienes pretenden sabotearlo, por eso ya no es conveniente seguir conversando en medio de la guerra. En estas circunstancias a las dos partes (Gobierno y guerrilla), les corresponde tomar las medidas  conjuntamente para evitar que el proceso de paz termine súbitamente. Ya no hay sino dos salidas: 1) tregua bilateral, o, 2) desescalamiento gradual de las hostilidades y del fuego. Ambas van hacia el mismo objetivo: humanizar la guerra interna, cumplir de verdad los compromisos internacionales sobre derechos humanos, y la variable del Derecho internacional Humanitario (DIH), para proteger a los civiles, proteger la naturaleza y proteger el proceso de paz.

La retención propiciada por el mismo General Álzate sirvió para demostrar la urgencia de empezar a desescalar  las hostilidades y los enfrentamientos. Esto debe incluir compromisos y abstenciones de las partes como, ceses bilaterales cortos, espaciados, para probar o ensayar su funcionamiento, única forma de reanudar la confianza en los diálogos de la mesa instalada en Cuba, cualquiera sea el momento al volverse a sentar los delegados y siendo consecuentes con la urgencia de desescalar los ataques para evitar más agrietamientos. Hay que acelerar las conversaciones y finiquitar la agenda antes de que los guerreristas finiquiten el proceso. Hay que empezar a concebir y practicar rápido los actos visibles del desescalamiento, tales como: ceses transitorios del fuego, desminado de zonas, cancelar los ataques aéreos estatales, suprimir el terrorismo de explosivos y tatucos, no atacar la infraestructura civil de Colombia (puentes y carreteras), no volar las torres de energía, no agredir la pureza del agua con voladuras de oleoductos, no reclutar menores de edad, entregar los secuestrados civiles, limitar los funcionarios públicos del alto Gobierno y los organismos de control las declaraciones agresivas y descalificadoras que mueven el ánimo de manera negativa e inclinan la tesitura de las partes, extremar las medidas para evitar más chuzadas e infiltraciones que alteran la confianza en el proceso de paz, enervan a los protagonistas, incitan a retaliaciones y hacen perder la confidencialidad necesaria para avanzar. Los medios de comunicación deberían hacer un esfuerzo serio para informar de la manera más objetiva y no atizar los ánimos con informaciones sesgadas que tornan bravucones a las partes. Esto y mucho más serían acciones y omisiones para logar el desescalamiento de la guerra interna. Solo humanizando el conflicto interno, alcanzándola normalización de los combates, limitándose a los enfrentamientos de a pie como en las guerras donde se puede pelear, porque no están peleando, ambas partes acuden a aleves ataques que volvieron asimétrica esta guerra.

Tendrán los comisionados de ambas partes, de un lado, de las Fuerzas Armadas, el Comando Estratégico de Transición, y de la insurgencia, el Comando Guerrillero de Normalización, que elaborar ese listado de acciones y omisiones, pero de prisa para obtener la fórmula que logre desescalar el conflicto interno, hacer la tabla de compromisos mutuos y sugerir la puesta en marcha, entonces nos podríamos encontrar con nuevas formas de desactivación gradual de una guerra interna que, la mayoría de la ciudadanía colombiana está convencida, debe terminar. Desactivación o desescalaminto para no afectar más población civil, también en el ámbito de lo militar, para poder regular el conflicto, salido del cauce. En los meses anteriores los delegados venían pensando que ello debería hacerse, ahora se vuelve ineluctable.

Esta crisis dentro del proceso de paz originada por la retención del General Álzate que la facilitó por imprudencia, ante las reacciones de la población colombiana y de los opinadores en los grandes medios de información, ratificó lo expresado en las urnas en junio 2014: la mayoría anhela alcanzar la paz. Pero también evidenció que estamos atrasados frente al diseño de la justicia transicional para definir las reglas y saberse cómo van a ser procesados, cual será la tabla de penas y cómo quedará la tipología del delito político. Necesariamente en Colombia por las dimensiones de esta guerra interna, por su atipicidad, nos encontramos con una arcaica definición del delito político en el código penal que se hace inevitable redefinir, replantear, y ello va a la par, de manera aparejada, con la construcción de la justicia transicional que entonces deberá tener el mismo rasero para las penas aplicables a guerrilleros y militares que se excedieron durante el desarrollo del conflicto. Si las normas de justicia transicional dentro de la Ley estatutaria que se redacte, no los logran poner de acuerdo, el camino que buscaran las partes incursas en delitos no transables, será el de la amnistía general o una Ley de punto final que, los libere de la prisión.

Por; Alberto Ramos Garbiras
Abogado, Universidad Santiago de Cali (USC); profesor de ciencia política y derecho internacional en la Universidad Libre.