La justicia
transicional es rechazada de plano por los abogados tradicionalistas que ven en
el castigo máximo y la dosificación de las penas la única forma de aplicar
justicia. No aceptan las sanciones de
poca monta ni las normas transitorias
que sirven para pactar un desarme y ven como alcahuetería la rebaja de penas
comparadas con los daños causados por la intensidad del conflicto.
La justicia
transicional mirada a primera vista es inadmisible para los penalistas de viejo
cuño, para los moralistas y los pacatos,
porque implica rebaja de penas,
tratamiento preferencial, proceso especial y una no aplicación del derecho
penal común, ven esta especie de suspensión como un desmonte parcial del estado
de derecho. Si conserváramos esta postura no podría avanzar un proceso de paz
que implica conciliación, perdón, rebaja de penas, indultos, reinserción, y
tratar, aunque sea un formalismo
protocolario de invocar el olvido. La reparación es el componente más
complejo por la cantidad de daños causados.
La justicia
transicional montada o diseñada para salir de una situación de guerra o de
dictadura o de caos nacional, busca mostrar algún castigo a los criminales
sobre un tinglado de arrepentimiento y admite pagos punitivos mínimos con
reparaciones expuestas al incumplimiento. Surgen entonces los debates sobre la relación entre la justicia y el
derecho, se reflexiona sobre la injusticia. Las lecciones de introducción al
derecho y filosofía del derecho quedan impactadas por la nueva justicia
permisiva y transitoria que superpone otras normas a las conocidas por jueces,
abogados, tratadistas y ciudadanos enterados.
Pero es una
nueva justicia de transición y excepción que sin ella la guerra continuaría y
el caos humanitario se desbordaría más. Es una especie de justicia de excepción
extrapolada de los estados de excepción conocidos, como el viejo estado de
sitio o la conmoción interior actual, con normas transitorias. Algunas de ellas
por reconversiones las volvieron permanentes. Las víctimas deben ser reparadas, esto no tiene discusión de
entrada. Otra cosa son las formas de reparación. Por ejemplo la devolución de
tierras, la legalización de títulos, las indemnizaciones, etc.
El debate sobre
la justicia de transición está abierto para las columnas de prensa, los ensayos
sociojurídicos, tesis de grado, monografías, jurisprudencia, alegatos
parlamentarios y discursos políticos. La ilusión del grueso de la población es
el logro de la paz. La justicia transicional es un paso necesario para culminar
la guerra. El riesgo es la otra burla, la pantomima, el teatro de las muecas
con impostura. Y la redición de otras normas transitorias. El proceso de
desmovilización paramilitar golpeó a la justicia transicional por las
mascaradas conocidas.
Por: Alberto Ramos Garbiras