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4 dic 2011

Dos Temas Ambientales

Nota: En este momento la CVC trata de impedir la construcción de un dique o Jarillón en la curva o meandro (Vuelta de las córdoba) que queda justo antes del acueducto de Puerto Mallarino . Entonces puede ocurrir lo de Manizales y Cali se quedaría sin agua porque el rió Cauca se puede meter por esa finca, no dar la curva e irse directamente contra el acueducto. No se rompería un tubo madre como en Manizales sino la boca-madre, la bocatoma de todos los tubos.
Proteger un Meandro
Dentro del proceso de Acción Popular, número 2005-00702 que cursó en el Juzgado Primero Administrativo de Cali, proceso iniciado en virtud a los derechos colectivos violados y enunciados en la demanda, se produjo una medida precautelativa en diciembre 2010 y posteriormente la sentencia No 151 del 26 de septiembre 2011. Las medidas cautelares ordenadas en diciembre de 2010 aun no han sido implementadas debidamente por parte de las autoridades obligadas a ello y el peligro sigue siendo latente por la actual oleada invernal. 

Las medidas previas del Juez Administrativo y su Sentencia atañen a: Ordenar la inmediata cesación de las actividades que origina el daño sobre el dique protector de Cali; empezar a relocalizar las invasiones o asentamientos ilegales del sector comprendido entre la urbanización DESEPAZ y la vuelta de las córdoba; la remoción de porquerizas, caballerizas, avícolas, carboneras, además de los pozos sépticos, talleres, bodegas que están generando contaminación y deforestación debilitando la estructura del jarillón y afectando la potabilización del agua en la planta de Puerto Mallarino; restituir el cauce del canal de alivio paralelo al jarillón y el canal secundario, a la altura de la vuelta de las córdoba.

El Meandro de la vuelta de las córdoba es la zona más vulnerable de Cali porque el Acueducto de Puerto Mallarino tiene sus instalaciones unos metros más adelante y puede ocurrir algo similar a lo sucedido en Manizales, esto lo ha advertido la prensa regional desde hace tiempo y ahora lo ratifica el Dr. Emilio Latorre del CINARA en una declaración a el periódico “El País.

La CVCV decidió iniciar un procedimiento para suspender un dique interno en ese meandro en el predio Potrero Grande del Sr. Arturo Vélez Sierra con el argumento baladí de que allí se estaban compactando basuras. El verdadero problema lo dejó crecer la CVC desde el año 2004 al no controlar el vertimiento de escombros en la margen derecha formando una muralla china de escombros que volvió más turbulento el río contra la margen derecha por los espolones longitudinales que se formaron. Por eso, el sector crítico se ubica en la llamada zona de la Nubia, a partir de la vuelta de las córdobas, en Juanchito. El vertimiento de escombros desde hace años ha sido incontrolado, formando un talud anti técnico en la faja del río que inclusive, sobrepasa la altura del jarillón, reduciendo el cauce del río Cauca. Y la extracción de material de arrastre es otro factor que la CVC nunca ha controlado. Esas son dos razones reales y no fictas.

Entonces de producirse una catástrofe en los próximos días la misma CVC será responsable por tratar de evitar la terminación de un dique interno que pretende proteger el predio de Vélez Sierra y el acueducto. La coincidencia de que la formación morfológica vecinal al acueducto sea un meandro no da para condenar a los caleños a quedarse sin agua y a inundar a Cali desde ese costado. El tecnicismo y el cretinismo jurídico pueden promover la tragedia. Ni siquiera la Corporación Autónoma en este momento ha cumplido con la decisión del Juez Administrativo que es superior jerárquicamente a un oficio; pero aún peor, el supuesto permiso ambienta que tardíamente le dieron al dueño del predio es extemporáneo y espúreo.

Finalmente resalto la siguiente contradicción. La Directora de la CVC, Dra. Jazmín Osorio, firmó la circular Número 7 de 2011 el día 28 de febrero, reproduciendo el contenido de la función de advertencia de la Contraloría General de la República, y solicitó la Directora de la CVC en el punto primero de la Circular citada, ” Que los particulares que son propietarios poseedores o tenedores de predios a la orilla del río Cauca y demás fuentes hídricas en su trayecto por el territorio del Departamento del Valle del Cauca, deben acometer obras de construcción, mantenimiento y de prevención en el recorrido que cumple el río”. En el punto segundo da instrucciones en el siguiente sentido:” Que los particulares propietarios, tenedores o poseedores de predio a la orilla del río Cauca, deben mantener en buen estado y hacer mantenimiento a los jarillones en el trayecto del río cauca en su paso por propiedad privada”.

Así que desde la Dirección Territorial Suroccidente, con el Oficio 711-066240-2011-05,van en contravía de la realidad jurídica que enmarca este caso por tres razones:1) Por las indicaciones que imparte la Directora General de la Corporación Autónoma, contrarias su intención,2) Por la decisión del Juez Primero Administrativo de Cali de proteger específicamente esa zona, 3) Porque el silencio administrativo de la CVC llevó a la protocolización del premiso en la Notaria 2 de Cali para proteger el meandro. 

Desastre Vial
Para noviembre 2011 ante la tercera oleada invernal, la destrucción de 11 troncales principales, 33 vías secundarias y 2.600 tramos de carreteras rurales obligó al Gobierno nacional a repensar dónde está la falla principal, si es lo inevitable del cambio climático con la alteración de la temperatura o la imprevisión de las autoridades ambientales del SINA al no tener incorporada la gestión del riesgo para proteger los recursos naturales. Todas las causas del desastre vial apunta a señalar a las Corporaciones Autónomas Regionales(CARs) que hacen parte del SINA y deben actuar mancomunadamente con la Gobernación de cada Departamento y los municipios de la Corporación, de allí viene el nombre que las identifica: la corporación es la suma de todos los municipios en cada Departamento. Pero dejan a cada municipio como ruedas sueltas, prueba de ello es que la mayoría de los ríos principales después de 9 años de vigencia del Decreto 1729 sobre la Ordenación de las Cuencas hidrográficas (POMCH), aún no se han elaborado.

El drama de gesta por el desorden en el territorio de las cuencas. La tala incontrolada afloja los suelos; el pastoreo excesivo del ganado desertiza; la minería ilegal y la legal sin vigilancia de las licencias horada, rompe y arma cráteres en la ribera de los ríos y en los páramos; los cultivos ilícitos acaban con parte de los bosques naturales; y la tugurización de las laderas y fajas laterales deterioran los canales de escorrentía, entonces las aguas lluvias pierden su recorrido natural: así todo se desbarranca.

Entonces el problema se explica por el clientelismo y la corrupción que anida en las Corporaciones Autónomas y el parasitismo burocrático de funcionarios pelafustanes y fantoches que solo devengan pero no resuelven los problemas ambientales de cada Departamento. Por ejemplo el tema de los jarillones aún lo niegan, pero es una función de las CAR según la Ley 99 de 1993, artículo 31, numeral 19, por no invertir le endilgan la culpa a los particulares. Impedir la tala y aumentar la reforestación es otra obligación. Las inversiones no se ven en ese sentido.

Relator: Alberto Ramos Garbiras. Militante del Partido Verde, ex-Procurador ambiental del Valle.